Derecho de disentimiento y cancelación de un préstamo rápido

Es un derecho propio del consumidor de créditos que, aunque no es utilizado con frecuencia, es un recurso imprescindible conocer para lidiar con situaciones específicas. En específico, se trata de un derecho de desistimiento en los créditos al consumo.

Antes que nada, es necesario precisar lo que son los “créditos al consumo”. Se tratan de préstamos líquidos que pueden ser utilizados para cualquier fin que no sea hipotecario: la adquisición de bienes de alto valor como coches, la fundación de una organización e incluso el pago del alquiler de una vivienda. Es por ello que los préstamos rápidos entran en los calificados para que el consumidor ejerza su derecho de desistimiento.

¿A qué llamamos derecho de desistimiento en los créditos al consumo?

Todas la normativa está especificada en el artículo 28 de la Ley 16/2011 de 24 de junio de contratos de créditos al consumo. Además, la descripción dada por la propia ley es fácilmente entendible. Citando:

Artículo 28.1. El derecho de desistimiento de un contrato de crédito es la facultad del consumidor de dejar sin efecto el contrato celebrado, comunicándoselo así a la otra parte contratante en un plazo de catorce días naturales sin necesidad de indicar los motivos y sin penalización alguna.

En otras palabras, el consumidor siempre puede cancelar el contrato del préstamo solicitado, siempre que sea dentro de un plazo de 14 días naturales después de haberse aprobado y que disponga del monto total en su cuenta. Esto no tiene penalización alguna, y tampoco es necesario indicar los motivos.

En España, las entidades financieras raramente informan a sus clientes sobre el derecho de desistimiento, cuando se debería aclarar al menos que existe y que puede ser ejercido con libertad legal. Por este tipo de casos, el consumidor debe siempre leer con atención las políticas y condiciones antes de adquirir un producto o servicio, en especial si se trata del sector financiero.

El incremento de los préstamos rápidos ha creado la necesidad de informar con mayor frecuencia a la población interesada porque la educación financiera en nuestro país no suele incluir este tema.

Las condiciones para ejercer el derecho

Existen 3 obligaciones que debe complir el consumidor para poder ejercer el derecho. En caso contrario, no tendrá la opción de hacerlo. Estas condiciones son las siguientes:

  • Ejercer dentro del plazo. Siempre deberá ser dentro de los 14 días naturales, lo que significa que también se cuentan los días festivos y los fines de semana. El plazo comienza en la fecha de suscripción del contrato o en la fecha en la que el consumidor reciba las condiciones contractuales.
  • Comunicar a la entidad. El cliente debe comunicar de forma clara y precisa su intención, para lo que puede usar cualquier medio que permita dejar constancia de que la notificación fue efectiva.
  • Restitución del capital y sus intereses. El consumidor deberá entregar a la empresa el capital prestado junto con los intereses generados desde que inició el contrato hasta que se restituya el importe completo. Se tendrá de un plazo de 30 días naturales para la devolución, el cual inicia desde el día en el que se comunica el desistimiento.

Además, la primera condición implica que, si el consumidor no recibe toda la información referente al contrato por mala fe, el derecho de desistimiento se postergará de forma indefinida.

Menos salarios y más paros: el auge de los préstamos rápidos

Los préstamos rápidos han tenido un auge significativo en el país. Han supuesto una alternativa a los préstamos tradicionales del sector bancario porque tienen menos requisitos y son, en líneas generales, más acordes a un mayor porcentaje de la población. También, como su nombre lo indica, se aprueban y se recibe el monto total con rapidez.

Por otro lado, vale la pena mencionar que el proceso de los préstamos rápidos se hace enteramente por Internet en entidades financieras. Mientras que la disminución de los salarios y el aumento del paro fueron dos de las razones más influyentes para que los bancos hayan dejado de conceder préstamos al público general, causan el auge de los préstamos rápidos.